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    UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN      
Portal de Compras Públicas
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Contratación Directa por Compulsa Abreviada CDC 10/2023

CONVOCATORIA

Adquisición de Maquina Desmalezadora y Kit de Seguridad, mascara Facial, delantales protector
Depto de Compras Facultad de Agronomia y Zootecnia
EXP:40098/2023
15/03/2023
Sin Modalidad
De Bajo Monto
28/03/2023 10:00
Por monto

 

Descarga de documentación

 

Pliego de base y condiciones particulares
Adquisición de Maquina Desmalezadora y Kit de Seguridad, mascara Facial, delantales protector

 

Retiro del Pliego Consulta del Pliego
Av. Nestor kirchner 1900 (4000), SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Tucumán
Av. Nestor kirchner 1900 (4000), SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Tucumán
Dede el 15 de Marzo al 27 de Marzo 2023 de lunes a viernes de 08:00 a 12:00
Dede el 15 de Marzo al 27 de Marzo 2023 de lunes a viernes de 08:00 a 12:00
$ 0,00
 

 

Presentación de Ofertas Acto de Apertura
Av. Nestor kirchner 1900 (4000), SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Tucumán
Av. Nestor kirchner 1900 (4000), SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Tucumán
15/03/2023
28/03/2023
28/03/2023
10:30
10:00
 
 

 

Renglones
Renglón Descripción del renglón Entrega muestra Permite prórroga Cantidad Unidad medida Rubro Catálogo bienes y servicios Tipo
1 DESMALEZADORA Modelo 143 RII
Especificaciones técnicas:

Cilindrada 42 c.c., Potencia 1.5 Kw  Velocidad máx. 7500 rpm, Capacidad de combustible 0.9 lts,  Consumo de combustible (referencial) 653 g/kwh,  Tipo de transmisión Cardánica,  Tipo de manillar Doble tipo,  Cabezal de tanza , Medida de tanza  1,5 a 3 mm Cuchilla Multi 330-2 - centro 1, Arnes etc.


Tolerancia:
Plazo entrega:
Áreas destinatarias: 11 - Facultad de Agronomia y Zootecnia (2,00)
Lugar de entrega: Av. Nestor kirchner 1900 (4000) SAN MIGUEL DE TUCUMAN
NO NO 2,00 UNIDAD FERRETERÍA DESMALEZADORA (4.3.9.03788) Bien de uso
2 Protector Facial 20x40
Especificaciones técnicas:
Tolerancia:
Plazo entrega:
Áreas destinatarias: 11 - Facultad de Agronomia y Zootecnia (2,00)
Lugar de entrega: Av. Nestor kirchner 1900 (4000) SAN MIGUEL DE TUCUMAN
NO NO 2,00 UNIDAD FERRETERÍA PROTECTOR FACIAL (2.9.9.02273) Bien de consumo
3 Delantal Protector para corte de césped reforzado
Especificaciones técnicas:
Tolerancia:
Plazo entrega:
Áreas destinatarias: 11 - Facultad de Agronomia y Zootecnia (2,00)
Lugar de entrega: Av. Nestor kirchner 1900 (4000) SAN MIGUEL DE TUCUMAN
NO NO 2,00 UNIDAD FERRETERÍA DELANTAL (2.2.2.01721) Bien de consumo
Artículos del pliego
Número Tipo de artículo Título Descripción
1 Datos de la UOC DATOS DE LA UOC

 Organismo: UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN - UNT
UOC: 0102/005 - Dpto. de Compras Facultad de Agronomia, Zootecnia y Veterinaria (FAZyV)
Domicilio: Av. Nestor Kirchner  1900  Centro Ing Herrera  San Mi guel de Tucumán-

2 Retiro de pliegos Retiro de Pliegos

NO SE PODRAN RETIRAR PLIEGOS PERSONALMENTE. Solamente se los podrá descargar de los siguientes sitios:
1.- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES: https://comprar.gob.ar, en Búsqueda de Procesos/Buscador de Publicaciones/Servicio Administrativo Financiero: 836-Universidad Nacional de Tucumán - Unidad Operativa de Contrataciones:102/005. Facultad de Agronomia y Zootecnia Dpto. de Compras
2.- DESCARGAR LOS PLIEGOS DEL SITIO DE UNIVERSIDADES COMPRAN: https://universidadescompran.cin.edu.ar, en opciones de consulta, seleccionar la Universidad y muestra los procedimientos vigentes en la institución universitaria.
3.- UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN: en la página de la Dirección General de Compras y Contrataciones: www.compras.unt.edu.ar en opción: Contrataciones Vigentes y Próximas.

Al bajar los pliegos, el/los interesados deberán enviar a las siguientes direcciones de correo sandro.almaraz@faz.unt.edu.ar ;  un mensaje suministrando obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
El plazo para obtener el pliego de los sitios antes detallados en forma válida es el 27 de Marzo 2023 de lunes a viernes de 08:00 a 12:00
En este procedimiento NO se debe efectuar el pago del pliego. La suma abonada no será devuelta bajo ningún concepto.

3 Régimen jurídico de los contratos REGIMEN JURIDICO DE LOS CONTRATOS

Los contratos comprendidos en el reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16 se regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por el Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, por el citado reglamento y por las disposiciones que se dicten en consecuencia, por los pliegos de bases y condiciones, por el contrato, convenio, orden de compra o venta según corresponda, sin perjuicio de la aplicación directa de las normas del Título III de la Ley Nº 19.549 y sus modificaciones en cuanto fuere pertinente.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado por analogía.

4 Orden de prelación ORDEN DE PRELACION

Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a)Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios.
b) Las disposiciones del reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado reglamento.
d) El manual de procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional que dicte la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES o las normas que dicte dicha Oficina Nacional en su carácter de órgano rector.
e) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición 63/2016).
f) El pliego de bases y condiciones particulares aplicable.
g) La oferta.
h) Las muestras que se hubieran acompañado.
i) La adjudicación.
j) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.
k) Ley 19549 (Titulo III). Ley de Procedimientos Administrativos.
l) Ley 26.940. Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales – REPSAL.
m )Resolución General 4164-2017 Procedimiento. Proveedores de la Administración Nacional. Incumplimientos tributarios y/o previsionales.
n) Decreto 202/2017 declaración JURADA DE INTERESES.
o) Pliego de Bases y Condiciones Generales adecuado a la Universidad Nacional de Tucumán (dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la UNT y aprobado mediante Resolución Rectoral Nº 334/2018).
p) Comunicación General 15/2022 - Modificación de los artículos 66, 67, 102 y 106 del Reglamento aprobado por el Decreto 1030/2016 (causales de desestimación de ofertas, penalidades y sanciones)

5 Cómputo de plazos COMPUTOS DE PLAZOS

Todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos.

6 Vista de las actuaciones VISTA DE LAS ACTUACIONES

Toda persona que acredite algún interés podrá tomar vista del expediente por el que tramite el procedimiento de selección, con excepción de la documentación amparada por normas de confidencialidad o la declarada osecreta por autoridd competente.
En virtud a la situación generada por la pandemia de COVID 19 los interesados en concurrir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a a tomar vista del expediente, deberá solicitar turno mediante correo electronico a la dirección compras@rectorado.unt.edu.ar y al momento de la asistencia concurrir con los protocolos establecidos.

7 Recursos RECURSOS

Se regirán por lo dispuesto en la Ley Nº 19.549, sus modificaciones y normas reglamentarias.

8 Notificaciones NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, A tal efecto Unicamente será válida toda notificación y/o comunicación cursada a y desde las direcciones de correo electrónico: sandro.almaraz@rectorado.unt.edu.ar

9 Vista y retiro de pliegos VISTA Y RETIRO DE PLIEGOS

Cualquier persona podrá tomar vista del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y de los pliegos de bases y condiciones particulares, en el sitio de la Dirección General de Compras y Contrataciones: www.compras.unt.edu.ar, Oficina Nacional de Contrataciones: https://comprar.gob.ar del sitio de Universidades Compran: https://universidadescompran.cin.edu.ar

10 Consulta al pliego de bases y condiciones CONSULTA AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

Las consultas al pliego de bases y condiciones deberán efectuarse a través de la dirección institucional de correo electrónico del Dpto de Compras de la FAZyV sandro.almaraz@Faz.unt.edu.ar
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.

11 Presentación de las ofertas PRESENTACION DE LAS OFERTAS

En el marco de la actual situación sanitaria, a fin de poder llevar a cabo los procedimientos, la presentación de las ofertas se realizará de la siguiente manera:
Para oferentes de la provincia de Tucumán: enviar sobre con la documentación pertinente debidamente conformada por el oferente o su representante legal, y el duplicado correspondiente.
Para oferentes de otras provincias: enviar sobre con la documentación pertinente debidamente conformada por el oferente o su representante legal, y el duplicado correspondiente. por correo transporte certificado  certificado o  por medio de, correo electronico  con acuse de recepcion
En ambos casos, se tomara como fecha límite, de presentación del as Ofertas el, 28 de marzo de 2023 hasta las 10:00 hs.
El Dpto.de Compras, de la Facultad de Agronomia y Zootecnia UNT, rechazará sin más trámite, las ofertas que se remitan fuera del término fijado en la convocatoria para su recepción, aún si el acto de apertura no se hubiera iniciado.

12 Efectos de la presentación de la oferta EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA

La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que NO será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.

13 Plazo mantenimiento de la oferta PLAZO MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de TREINTA  (30) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo de TREINTA  (30)  días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado.
Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso.
El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.
Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.
Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

14 Requisitos de las ofertas REQUISITOS DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Deberán ser redactadas en idioma nacional.
b) El original deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.
c) Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.
d) Se deberá respetar, al momento de cotizar, el orden de cada uno de los ítems detallados en el Pedido de Cotización.
e) Al momento de enviar la oferta se debe tener en cuenta lo establecido en el Artículo referido PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
f) Deberán consignar de manera obligatoria la constitución de un domicilio especial en la ciudad de San Miguel de Tucumán para una mejor prestación del servicio, y un correo electrónico para el procedimiento de selección en el que se presenten, donde serán válidas todas las notificaciones.
g) Los oferentes deberán estar preinscriptos en el Sistema de Información de Proveedores a traves de la plataforma COMPR.AR, al momento del Acto de Apertura, condición que debe estar resuelta antes de la adjudicación, cambiando su estado a INSCRIPTO, caso contrario será dado de baja.
h) La cotización de conformidad con lo estipulado en los artículos siguientes del presente pliego.
i) Deberán indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas alternativas y/o variantes, cual es la oferta base y cuales las alternativas o variantes.
j) Asimismo, deberán ser acompañadas por:
1.- La GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA o la constancia de haberla constituido del CINCOPOR CIENTO (5%) del monto total de la oferta, siendo OBLIGATORIA su presentación.
2.-DECLARACION JURADA DE INTERESES de acuerdo a lo establecido en Decreto 202/2017 – Conflicto de Interés para proveedores de SIPRO.
k) El oferente de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 4164/2017 AFIP - SECTOR PUBLICO –PROVEEDORES – INCUMPLIMIENTOS FISCALES deberá ajustarse al Artículo 3 de la misma ya que esta Unidad Operativa de Contrataciones realizará el correspondiente control en el sistema de AFIP sobre incumplimientos tributarios.
l) El oferente, de acuerdo a la modificación introducida por la Ley Nº 26.940 al artículo 28 del Decreto Delegado Nº1023/2001, NO deberá figurar en el REPSAL.
m) Las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una Unión Transitoria (UT), además de presentar la documentación que corresponda de la previamente señalada, deberán acompañar junto con la oferta lo siguiente:
1. Poder emitido por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales en favor de uno de ellos, mediante el cual se acrediten sus facultades para suscribir la oferta y actuar en su representación desde el momento de la presentación de la propuesta hasta el dictado del acto de finalización del procedimiento.
2. Declaración jurada suscripta por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales, en la que conste lo siguiente:
2.1. El compromiso de constituirse legalmente como tal, en caso de resultar adjudicatarias, y de modo previo a la notificación de la orden de compra o firma del contrato respectivo.
2.2. El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las personas agrupadas, por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del procedimiento de selección y del contrato.
2.3. El compromiso de mantener la vigencia de la UT por un plazo no menor al fijado para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato.
2.4. El compromiso de no introducir modificaciones en el estatuto de la UT, ni en el de las personas jurídicas que la integraren, que importe una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa del organismo contratante.
2.5. El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada en todos los aspectos concernientes al contrato.
3. Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos específicos previstos en los pliegos de bases y condiciones particulares. En dichos pliegos se determinará si tales requisitos deben ser cumplidos individualmente por cada uno de los integrantes o en conjunto por todos ellos.
Una vez presentada la oferta, las UT no podrán modificar su integración, es decir, cambiar, aumentar y/o disminuir el número de personas que las compondrán, y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del contrato, excepto conformidad expresa del organismo contratante.
Las personas que se presentasen en los términos previstos en el presente apartado no podrán presentarse como parte de otra oferta, ni constituirse como oferentes individuales, bajo apercibimiento de desestimarse la totalidad de las ofertas.
n) Los oferentes extranjeros además de presentar la documentación que corresponda de la previamente señalada, deberán acompañar junto con la oferta la siguiente documentación:
1.- Las personas humanas:
1.1 Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
1.2. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
2.- Las personas jurídicas:
2.1 Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
2.2 Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
2.3 Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.

15 Cotización COTIZACION

La cotización deberá contener:
1.- Precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el presente pliego de bases y condiciones, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la cotización, expresado en letras y números (en caso de contener centavos cotizar solo con dos(2) decimales), determinados en  pesos argentinos.
2.- Los precios cotizados, tanto unitarios como totales, deberán incluir el IVA. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se encuentra incluido en la misma.
3.- El precio cotizado será el precio final que deba pagar la jurisdicción o entidad contratante por todo concepto.
4.- El proponente podrá cotizar por uno, varios o todos los renglones. Después de haber cotizado por renglón, podrá efectuar un descuento en el precio, por el total de los renglones o por grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.

16 Cotizaciones por productos a importar COTIZACIONES POR PRODUCTOS A IMPORTAR

Las cotizaciones por productos a importar deberán hacerse bajo las siguientes condiciones:
a) En moneda extranjera, cuando así se hubiera previsto en las cláusulas particulares, correspondiente al país de origen del bien ofrecido u otra usual en el momento de la importación.
b) Los pliegos de bases y condiciones particulares deberán ajustarse a los términos comerciales de uso habitual en el comercio internacional, tal como, entre otras, las “Reglas Oficiales de la Cámara de Comercio Internacional para la Interpretación de Términos Comerciales – INCOTERMS". La selección del término aplicable dependerá de las necesidades de la jurisdicción o entidad y de las características del bien objeto del contrato.
c) De no estipularse lo contrario las cotizaciones se establecerán en condición C.I.F.
d) En las cotizaciones en condición C.I.F., deberá indicarse la moneda de cotización de los seguros y fletes, los que deberán cotizarse como se disponga en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares.
e) En aquellos casos especiales en que se establezca la condición F.O.B. para las cotizaciones, el organismo o entidad contratante deberá calcular el costo de los seguros y fletes a los fines de realizar la comparación de las ofertas.
f) Salvo convención en contrario, los plazos de entrega se entenderán cumplidos cuando el organismo contratante reciba los bienes en el lugar que indique el pliego de bases y condiciones particulares.
g) Cuando se estipulare que la nacionalización o desaduanamiento del bien adjudicado debe estar a cargo de la jurisdicción o entidad contratante, aquélla deberá ser tramitada y obtenida en todos los casos después de la apertura de la carta de crédito o instrumentación bancaria que corresponda.

17 Moneda de cotización MONEDA DE COTIZACION

La moneda de cotización de la oferta será moneda nacional (Pesos Argentinos).

18 Personas habilitadas para contratar PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR

Podrán contratar con la Administración Nacional las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo siguiente y que se encuentren incorporadas al Sistema de Información de Proveedores.
Cada una de las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una Unión Transitoria (UT), deberá cumplir en forma individual con los requisitos de habilidad para contratar establecidos en este artículo.

19 Personas no habilitadas PERSONAS NO HABILITADAS

No podrán contratar con la Administración Nacional:
a) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren sancionadas en virtud de las disposiciones previstas en los apartados 2. y 3. del inciso b) del artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1023/01 y sus modificatorios y complementarios.
b) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquéllos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188.
c) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
d) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.
e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
g) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
h) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro.

20 Apertura de las ofertas APERTURA DE LAS OFERTAS

En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto, se procederá a abrir las ofertas, en acto público, el cual se realizará a través de una plataforma virtual en presencia de funcionarios de la jurisdicción o entidad contratante.
Para poder participar de la plataforma elegida, los oferentes recibirán un link para participar del acto de apertura. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Si hubiere observaciones se dejará constancia en el acta de apertura para su posterior análisis por las autoridades competentes.

21 Vista de las ofertas VISTA DE LAS OFERTAS

Una vez finalizado el acto de apertura, se remitirán a cada uno de los oferentes que presentaron su oferta en este procedimiento, vía correo electrónico, una copia del acta de apertura correspondiente. Esta acción quedará plasmada en el expediente del procedimiento.
Así mismo, en virtud a la situación generada por la pandemia de COVID 19, los interesados en concurrir a la Facultad de Agronomia , zootecnia y Veterinarais Departamento Compras y Contrataciones a tomar vista de las ofertas, deberán solicitar turno mediante correo electrónico:sandro.almaraz@faz.unt.edu.ar

22 Etapa de evaluación de las ofertas ETAPA DE EVALUACION DE LAS OFERTAS

Se entenderá por etapa de evaluación de las ofertas al período que va desde el momento en que los actuados son remitidos a la comisión evaluadora, hasta la notificación del dictamen de evaluación. La etapa de evaluación de las ofertas es confidencial, por lo cual durante esa etapa no se concederá vista de las actuaciones.
La FAZyV - UNT evaluará las propuestas teniendo en cuenta el cumplimiento de las especificaciones técnicas, su relación con el precio ofrecido, los antecedentes de los proponentes, etc.

23 Causales de desestimación no subsanables CAUSALES DE DESESTIMACION NO SUBSANABLES

Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes supuestos:
a) Cuando contenga documentación o información falsa o adulterada
b) Si fuere formulada por personas humanas o jurídicas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto en el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquellas o en la adjudicación.
c) Si el oferente fuera inelegible de conformidad con lo establecido en el artículo 68 del reglamento aprobado por Decreto Nº1030/16.
d) Si las fotos/folletería no fueran acompañadas en el plazo fijado.
e) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
f) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.
g) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o la constancia de haberla constituido. En los pliegos de bases y condiciones particulares no se podrán prever otras causales de desestimación no subsanables de ofertas.
h) Si contuviera condicionamientos.
i) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
j) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.
k) Por incurrir en las conductas descriptas en el artículo 10 del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios

24 Causales de desestimación subsanables CAUSALES DE DESESTIMACION SUBSANABLES

Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la jurisdicción o entidad contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad.
 La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, o que no afecten el principio de igualdad de tratamiento para interesados y oferentes.
Vencido ese plazo sin que los errores u omisiones sean subsanados corresponderá la desestimación de la oferta.

25 Pautas para la inelegibilidad PAUTAS PARA LA INELEGIBILIDAD

Deberá desestimarse la oferta, cuando de la información a la que se refiere el artículo 16 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, o de otras fuentes, se configure, entre otros, alguno de los siguientes supuestos:
a) Pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, y de las controladas o controlantes de aquellas.
b) Se trate de integrantes de empresas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios.
c) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta causal de inelegibilidad, entre otros supuestos, en ofertas presentadas por cónyuges, convivientes o parientes de primer grado en línea recta ya sea por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida o adopción, salvo que se pruebe lo contrario.
d) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia o concurrencia. Se entenderá configurada esta causal, entre otros supuestos, cuando un oferente participe en más de una oferta como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, o bien cuando se presente en nombre propio y como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica.
e) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media en el caso una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales de inhabilidad para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios.
f) Cuando se haya dictado, dentro de los TRES (3) años calendario anteriores a su presentación, alguna sanción judicial o administrativa contra el oferente, por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por concertar o coordinar posturas en los procedimientos de selección.
g) Cuando exhiban incumplimientos en anteriores contratos, de acuerdo a lo que se disponga en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares.
h) Cuando se trate de personas jurídicas condenadas, con sentencia firme recaída en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho transnacional en los terminos de la Convención de la ORGANIZACIÓN DE COOPERACIÓN Y DE DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE) para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, serán inelegibles por un lapso igual al doble de la condena.
 i) Las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial y/o del Banco Interamericano de Desarrollo, a raíz de conductas o prácticas de corrupción contempladas en la Convención de la ORGANIZACIÓN DE COOPERACIÓN Y DE DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE) para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales serán inelegibles mientras subsista dicha condición.

26 Precio vil o precio no serio PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO

La Comisión Evaluadora, o la Unidad Operativa de Contrataciones en los procedimientos donde no sea obligatorio la emisión del dictamen de evaluación, podrá solicitar informes técnicos cuando presuma fundadamente que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios de mercado y de la evaluación de la capacidad del oferente. Cuando de los informes técnicos surja que la oferta no podrá ser cumplida, corresponderá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes. A tales fines se podrá solicitar a los oferentes precisiones sobre la composición de su oferta que no impliquen la alteración de la misma.

27 Desempate de ofertas DESEMPATE DE OFERTAS

En caso de igualdad de precios y calidad se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente. De mantenerse la igualdad se invitará a los respectivos oferentes para que formulen la mejora de precios. Para ello se fijará día, hora y lugar y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar y se labrará el acta correspondiente. Si un oferente no se presentara, se considerará que mantiene su propuesta original. De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar del sorteo público y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y se labrará el acta correspondiente.

28 Comunicación del dictamen de evaluación COMUNICACION DEL DICTAMEN DE EVALUACION

El dictamen de evaluación de las ofertas se comunicará, a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido.

29 Impugnaciones al dictamen de evaluación IMPUGNACION AL DICTAMEN DEL EVALUACION

Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días de su comunicación, quienes no revistan tal calidad podrán impugnarlo dentro de los TRES (3) días de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, previa integración de la garantía de impugnación.

30 Garantía de impugnación GARANTIA DE IMPUGNACION

La garantía de impugnación se constituirá de la siguiente forma:
a) De impugnación al dictamen de evaluación de las ofertas: TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
b) De impugnación al dictamen de preselección: en los casos de impugnaciones contra la preselección, en las licitaciones o concursos de etapa múltiple, la garantía será por el monto determinado en el pliego de bases y condiciones particulares.
c) En aquellos procedimientos de selección en los que se previera que las cotizaciones pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien implicar un ingreso para la jurisdicción o entidad contratante, las garantías de impugnación al dictamen de evaluación será establecida en un monto fijo en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares. Las garantías de impugnación serán reintegradas al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente.

31 Finalización del procedimiento FINALIZACION DEL PROCEDIMIENTO

El acto administrativo de finalización del procedimiento, será notificado al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo.
Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
La adjudicación recaerá sobre la oferta más conveniente para la jurisdicción o entidad contratante. Podrá adjudicarse aun cuando se hubiera presentado una sola oferta.
La adjudicación podrá realizarse por renglón o por grupo de renglones, de conformidad con lo que dispongan los pliegos de bases y condiciones particulares.
En los casos en que se haya distribuido en varios renglones un mismo ítem, las adjudicaciones se realizarán teniendo en cuenta el ítem cotizado independientemente del renglón en el que el proveedor hubiera ofertado.
En los casos en que se permita la cotización parcial, la adjudicación podrá ser parcial, aun cuando el oferente hubiere cotizado por el total de la cantidad solicitada para cada renglón.
En los casos en los que resulte adjudicada la oferta presentada por las personas que hubieren asumido el compromiso de constituir una Unión Transitoria (UT), deberán realizar - como requisito previo a la notificación de la orden de compra o firma del contrato - el trámite de inscripción de la misma en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO). La falta de cumplimiento del presente requisito determinará la revocación de la adjudicación por causa imputable al adjudicatario

32 Concurso sin efecto CONCURSO SIN EFECTO

La la Facultad de Agronomia, Zootecnia y Veterinaria - UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN, se reserva el derecho de dejar sin efecto este procedimiento licitatorio, en cualquier estado del trámite, antes de la adjudicación, sin tener que dar razones, ni reconocer ningún tipo de gastos incurridos en la misma..

33 Rescisión de común acuerdo RESCISION DE COMUN ACUERDO

La jurisdicción o entidad contratante podrá rescindir el contrato de común acuerdo con el proveedor cuando el interés público comprometido al momento de realizar la contratación hubiese variado y el cocontratante prestare su conformidad. Estos casos no darán derecho a indemnización alguna para las partes, sin perjuicio de los efectos cumplidos hasta la extinción del vínculo contractual.

34 Notificación de la orden de compra o de venta NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA O DE VENTA

La notificación de la orden de compra o de venta al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato y será notificada dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación de la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sanciones.

35 Firma del contrato FIRMA DEL CONTRATO

En los casos en que el acuerdo se perfeccionara mediante un contrato, el mismo se tendrá por perfeccionado en oportunidad de firmarse el instrumento respectivo y se deberá notificar al adjudicatario, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación, que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de TRES (3) días. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriera a suscribir el documento respectivo, la jurisdicción o entidad contratante lo notificará por los medios habilitados al efecto y en este caso la notificación producirá el perfeccionamiento del contrato. Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación comunicando que el contrato está a disposición para ser suscripto, el adjudicatario podrá desistir de su oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sanciones.

36 Garantía de cumplimiento de contrato GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de CINCO (5) días de recibida la orden de compra o de la firma del contrato. En los casos de licitaciones o concursos internacionales, el plazo será de hasta VEINTE (20) días como máximo. La garantía de cumplimiento del contrato será del DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato.

37 Moneda de la garantía MONEDA DE GARANTIA

La garantía se deberá constituir en pesos argentinos..

38 Formas de garantía FORMAS DE GARANTIAS

Las garantías a que se refiere el artículo 78 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 1030/16 podrán constituirse de las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, o giro postal o bancario.
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. La jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. Los mismos deberán ser depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la orden de la jurisdicción o entidad contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la jurisdicción o entidad contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La jurisdicción o entidad contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido.
f) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo contratante.
g) Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación no supere la suma de DOSCIENTOS SESENTA MODULOS (260 M) - 1 MODULO= 3.000. Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo. La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante.
Los proveedores residentes en la provincia de Tucumán que opten por este tipo de garantía así como los de otras provincias que también tengan vigente la Ley de Sellos deberán presentar el pagaré sellado por la Dirección General de Rentas de la provincia de Tucumán ajustándose a la Ley de Sellos vigente.
La jurisdicción o entidad contratante, por razones debidamente fundadas, podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.

39 Excepciones a la obligación de presentar garantías EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS

No será necesario presentar garantías en los siguientes casos:
a) Adquisición de publicaciones periódicas.
b) Contrataciones de avisos publicitarios.
c) Contrataciones que tengan por objeto la locación de obra intelectual a título personal.
d) Ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía. En el caso de rechazo el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación del rechazo y no desde la notificación de la orden de compra o de la firma del respectivo contrato. Los elementos rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados sin, previamente, integrar la garantía que corresponda.
e) Cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones.
f) Cuando el oferente sea un organismo provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
g) Cuando así se establezca para cada procedimiento de selección en particular en el manual de procedimientos o en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. No obstante lo dispuesto, todos los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes quedan obligados a responder por el importe de la garantía no constituida, de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el artículo 104 del reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16, a requerimiento de la jurisdicción o entidad contratante, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de obtenido el cobro o de efectuado el pago. Las excepciones previstas en el presente artículo no incluyen a las contragarantías.

40 Renuncia tácita RENUNCIA TÁCITA

Si los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, no retirasen las garantías dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos a contar desde la fecha de la notificación, implicará la renuncia tácita a favor del Estado Nacional de lo que constituya la garantía.

41 Acrecentamiento de valores ACRECENTAMIENTO DE VALORES

La ADMINISTRACIÓN NACIONAL no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía, en tanto que los que devengaren los mismos pertenecerán a sus depositantes.

42 Extensión del plazo de cumplimiento de la prestación EXTENSIÓN DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN

La extensión del plazo de cumplimiento de la prestación sólo será admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. La solicitud deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de cumplimiento de la prestación, exponiendo los motivos de la demora y de resultar admisible deberá ser aceptada por la UNT. No obstante la aceptación corresponderá la aplicación de la multa por mora en la entrega, de acuerdo a lo previsto en el artículo 102, inciso c), apartado 1 del reglamento aprobado por el Decreto Nº1030/16 En aquellos casos en que sin realizar el procedimiento establecido en el presente artículo el cocontratante realice la prestación fuera de plazo y la jurisdicción o entidad contratante la acepte por aplicación del principio de continuidad del contrato, también corresponderá la aplicación de la multa por mora en el cumplimiento, a los fines de preservar el principio de igualdad de tratamiento entre los interesados.

43 Aumentos o disminuciones AUMENTO O DISMINUCIONES

El aumento o la disminución del monto total del contrato será una facultad unilateral de la jurisdicción o entidad contratante, los limites van del VEINTE POR CIENTO (20%) hasta un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) y no podrá excederse de este último.
Se deberá requerir la conformidad del cocontratante, si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción.

44 Caso fortuito o fuerza mayor CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

Las penalidades no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado por el interesado y aceptado por la jurisdicción o entidad contratante o de actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que coloquen al cocontratante en una situación de razonable imposibilidad de cumplimiento de sus obligaciones.
La existencia de caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser puesta en conocimiento de la jurisdicción o entidad contratante dentro de los DIEZ (10) días de producido o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.

45 Revocación, modificación o sustitución REVOCACIÓN, MODIFICACIÓN O SUSTITUCIÓN

La revocación, modificación o sustitución de los contratos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante, sino únicamente a la indemnización del daño emergente, que resulte debidamente acreditado.

46 Clases de sanciones y penalidades CLASES DE SANSIONES Y PENALIDADES

Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes serán pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, cuando incurran en las causales reguladas en el reglamento aprobado por el Decreto Nº1030/16, y Comunicación General 15/2022 - Modificación de los artículos 66, 67, 102 y 106 del Reglamento aprobado por el Decreto 1030/2016 (causales de desestimación de ofertas, penalidades y sanciones) a saber:
A.-PENALIDADES
a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta:
1.Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
b) Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato:
1.Por incumplimiento contractual, si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2.Por ceder el contrato sin autorización de la jurisdicción o entidad contratante.
c) Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones:
1.Se aplicará una multa del CERO COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada día hábil de atraso.
2.En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato.
d) Rescisión por su culpa:
1.Por incumplimiento contractual, si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2. Por ceder el contrato sin autorización de la jurisdicción o entidad contratante.
3. En caso de no integrar la garantía de cumplimiento del contrato luego de la intimación cursada por la jurisdicción o entidad contratante, quedando obligado a responder por el importe de la garantía no constituida de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el presente reglamento.
La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.
La jurisdicción o entidad contratante se abstendrá de aplicar penalidades cuando el procedimiento se deje sin efecto por causas no imputables al proveedor que fuera pasible de penalidad.
B.- SANCIONES.  
Sin  perjuicio  de  las  correspondientes  penalidades  los  oferentes  o  cocontratantes podrán  ser  pasibles  de  las siguientes  sanciones,  en  los  supuestos  de  incumplimiento  de  sus obligaciones:
1. Apercibimiento
2. Suspensión.
3. Inhabilitación.
A los efectos de la aplicación de las sanciones antes mencionadas, los organismos deberán remitir al Órgano Rector  copia  fiel de  los  actos  administrativos  firmes  mediante  los  cuales  hubieren aplicado penalidades a los oferentes o cocontratantes..

47 Consecuencias CONSECUENCIAS

Una vez aplicada una sanción de suspensión o inhabilitación, ella no impedirá el cumplimiento de los contratos que el proveedor tuviere adjudicados o en curso de ejecución, ni de sus posibles ampliaciones o prórrogas, pero no podrán adjudicársele nuevos contratos desde el inicio de la vigencia de la sanción y hasta la extinción de aquélla.

48 Gastos por cuenta del proveedor GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR

Serán por cuenta del proveedor el pago de los siguientes conceptos, sin perjuicio de los que puedan establecerse en el pliego de bases y condiciones particulares:
a) Tributos que correspondan;
b) Costo del despacho, derechos y servicios aduaneros y demás gastos incurridos por cualquier concepto en el caso de rechazo de mercaderías importadas con cláusulas de entrega en el país;
c) Reposición de las muestras destruidas, a fin de determinar si se ajustan en su composición o construcción a lo contratado, si por ese medio se comprobaren defectos o vicios en los materiales o en su estructura.
d) Si el producto tuviere envase especial y éste debiere devolverse, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución, serán por cuenta del proveedor. En estos casos deberá especificar separadamente del producto, el valor de cada envase y además estipular el plazo de devolución de los mismos, si la jurisdicción o entidad contratante no lo hubiera establecido en las cláusulas particulares. De no producirse la devolución de los envases en los plazos establecidos por una u otra parte, el proveedor podrá facturarlos e iniciar el trámite de cobro de los mismos, a los precios consignados en la oferta, quedando este trámite sin efecto, si la devolución se produjera en el ínterin

49 Renegociación RENEGOCIACIÓN

En los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios se podrá solicitar la renegociación de los precios adjudicados cuando circunstancias externas y sobrevinientes afecten de modo decisivo el equilibrio contractual..

50 Entrega ENTREGA

Se efectuará  inmediato una ves  recibida la Orden de Compra por parte del adjudicatario, de acuerdo a las especificaciones siendo en todos los casos, la entrega libre de fletes y acarreos y otros gastos, en el domicilio que se consigna en la Orden de Compra.
Los plazos se computarán a partir del día siguiente de la recepción de la orden de compra.

51 Recepción RECEPCION

Se recibirán los bienes, en el Dpartamento Bienes Patrimoniales y Economaro de la FAZyV,  sito en centro Ing Herrera ,  Av. Nestor Kirchner 1900 san Miguel de Tucuman    con carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la conformidad de la recepción definitiva, ésta se otorgará dentro del plazo de DIEZ (10) días a partir de la recepción de los bienes o servicios objeto del contrato.
Se actuará de conformidad con lo dispuesto en el Título III, Capítulo Único del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,  Disposición 62/2016.-

52 Facturación FACTURACION

Las facturas deberán presentarse en la Tesoreria la la FAZyV , sita centro Ing Herrera ,  Av. Nestor Kirchner 1900 san Miguel de Tucumande  la  Universidad  Nacional  de  Tucumán, de lunes a viernes, en el horario de 08:00 a 12:00 Hs.
La FAZyV - UNT es AGENTE DE RETENCIÓN tanto del Impuesto al Valor Agregado como del Impuesto a las Ganancias; en el caso de que las firmas adjudicatarias cuenten con una exención a dichas retenciones o revistan la condición de agentes de retención de los mencionados tributos, deberán presentar junto con la factura, documentación que acredite tal situación, o de lo contrario la UNT procederá oportunamente a efectuar las retenciones que pudieran corresponder por dichos conceptos.
La omisión o cumplimiento deficiente o inoportuno de la carga de acreditar la exención, exclusión o beneficio tributario, impedirá la procedencia de cualquier reclamo tendiente a la devolución de lo retenido.
Además, se debe tener en cuenta que debido a las exigencias de AFIP, referidas a las Res. Grales 1425/03 y 4290/18 con respecto a las nuevas normas de Facturación para todos los contribuyentes inscriptos, esta UNT, por ser AGENTE DE RETENCIÓN debe verificar en cada comprobante recibido con igual fecha y/o posterior al 01 de abril del 2019, que sea un comprobante electrónico y posea CAE, CAEA o un comprobante y/o ticket emitido por controlador fiscal.
La emisión de comprobantes manuales no son válidas a partir de la misma fecha antes mencionada, salvo para respaldo de operaciones en casos necesarios.

REQUISITOS
1. Las facturas deben emitirse con un máximo de dos dígitos en los decimales, ser consumidor final, tener los precios con IVA incluidos y discriminada la alícuota correspondiente (21% y/o 10,5 %), para luego ser presentadas  ante la Dirección General de Compras y Contrataciones una vez recibida la conformidad definitiva de la mercadería.
2. Conjuntamente con la factura y como requisito indispensable para hacer efectivo el pago, deberá presentar el Formulario 931 de AFIP, correspondiente al mes inmediato anterior; como así también, de corresponder, la acreditación del pago mensual de seguros.
3. Los proveedores que facturen por primera vez para la UNT, deberán presentar la documentación que se detalla a continuación:
a) Copia del contrato social en caso de ser sociedad, o documentación equivalente que respalde la constitución de la misma,
b) Inscripción actualizada de AFIP (copia emitida por Internet),
c) Copia de Inscripción en DGR Tucumán o del convenio colectivo de trabajo en el caso que tuviera actividad en más de una jurisdicción,
d) Certificado de exenciones o exclusiones en caso de poseerlas. Si es por ley o decreto, nota haciendo referencia a la misma con detalle de artículos e incisos,
e) Nota emitida por la empresa autorizando a la persona encargada del cobro en la UNT.
Al momento de cobrar presentar DNI de la persona autorizada junto con el recibo oficial.

53 Moneda de pago MONEDA DE PAGO

Los pagos se efectuarán en pesos argentinos de conformidad a lo dispuesto por la UNT.

 

54 Plazo de pago PLAZO DE PAGO

El plazo para el pago de las facturas será de contado contra entrega por transferencias   Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente. el adjudicatario debera incluir en la oferta los datos bancarios correspondientes y el nombre del titular de la cuenta

Si se estableciera el pago por adelantado, el cocontratante deberá constituir una contragarantía por el equivalente a los montos que reciba como adelanto.

55 Jurisdicción JURISDICCION

Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de San Miguel de Tucumán, renunciando a cualquier otra que pudiere corresponderles.

Recepción de ofertas
Nro. comprobante Fecha y hora de recepción Oferente Observaciones Anulado
CRO:1840 27/03/2023 09:44 GIL WALTER PABLO Recibimos por correo electrónico corresponde al sobre Numero 1 NO
CRO:1842 28/03/2023 09:30 Jasak S.R.L Mundo Ferretero Sobre Nº 2 NO
ACTO APERTURA
AAP:16/2023
28/03/2023 10:30
28/03/2023 10:39
Av. Nestor kirchner 1900, SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Tucumán
Depto de Compras Facultad de Agronomia y Zootecnia
En adjudicación
Ofertas presentadas

GIL WALTER PABLO

CRO:1840
27/03/2023
Seguro de caución por 11000 Peso argentino.
$ 214.558,00
Peso argentino

El plazo para el pago de las facturas será de contado contra entrega por transferencias   Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente. el adjudicatario debera incluir en la oferta los datos bancarios correspondientes y el nombre del titular de la cuenta

Si se estableciera el pago por adelantado, el cocontratante deberá constituir una contragarantía por el equivalente a los montos que reciba como adelanto.

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de TREINTA  (30) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo de TREINTA  (30)  días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado.
Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso.
El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.
Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.
Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

Se efectuará  inmediato una ves  recibida la Orden de Compra por parte del adjudicatario, de acuerdo a las especificaciones siendo en todos los casos, la entrega libre de fletes y acarreos y otros gastos, en el domicilio que se consigna en la Orden de Compra.
Los plazos se computarán a partir del día siguiente de la recepción de la orden de compra.

Recibimos por correo electrónico corresponde al sobre Numero 1
Renglón Descripción de la oferta Tipo oferta Cantidad
ofertada
Unidad
medida
Monto unitario Monto total Observaciones
1 Desmalezadora 143 Rii Profesional (gardentec) G- tb43ri FICHA TÉCNICA:Motor:(Mismo motor que Husqvarna 143 R2) Cilindrada: 41.5cc Tiempos del motor: 2 Potencia del motor: 1.5kW Tanque de Nafta: Capacidad del tanque de combustible: 0.95L Sistema de arranque: Sistemas de corte: Disco de 2 puntas, Tanza Sistema de arranque: Manual Eje: Tipo de eje de la máquina: Recto Eje de transmisión: Cardánico Principal 2 UNIDAD $ 107.279,00 $ 214.558,00  

JASAK S.R.L.

CRO:1842
28/03/2023
Pagaré por 20243.1 Peso argentino.
$ 404.862,64
Peso argentino

El plazo para el pago de las facturas será de contado contra entrega por transferencias   Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente. el adjudicatario debera incluir en la oferta los datos bancarios correspondientes y el nombre del titular de la cuenta

Si se estableciera el pago por adelantado, el cocontratante deberá constituir una contragarantía por el equivalente a los montos que reciba como adelanto.

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de TREINTA  (30) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo de TREINTA  (30)  días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado.
Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso.
El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.
Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.
Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

Se efectuará  inmediato una ves  recibida la Orden de Compra por parte del adjudicatario, de acuerdo a las especificaciones siendo en todos los casos, la entrega libre de fletes y acarreos y otros gastos, en el domicilio que se consigna en la Orden de Compra.
Los plazos se computarán a partir del día siguiente de la recepción de la orden de compra.

Sobre Nº 2
Renglón Descripción de la oferta Tipo oferta Cantidad
ofertada
Unidad
medida
Monto unitario Monto total Observaciones
1 DESMALEZADORA HUSQVARNA Modelo 143 RII-42CC 1.5 KW -2 HP Profesional Principal 2 UNIDAD $ 196.560,00 $ 393.120,00  
2 Protector Facial marca DAEWOO DWMA 100 Arnés Regulable Principal 2 UNIDAD $ 3.527,68 $ 7.055,36  
3 Delantal PVC BiL-Vex Blanco Verde Reforzado Principal 2 UNIDAD $ 2.343,54 $ 4.687,08  
Dictamen de evaluación

Nro. Dictamen Evaluación: DIE:21/2023

Proveedores admisibles:

- GIL WALTER PABLO

- JASAK S.R.L.

Renglón 1 (DESMALEZADORA)

DESMALEZADORA Modelo 143 RII

Estado oferta Orden mérito Proveedor Descripción Tipo oferta Motivo Cantidad Unidad medida Monto unitario Monto total Observaciones
Aceptar 1 JASAK S.R.L. DESMALEZADORA HUSQVARNA Modelo 143 RII-42CC 1.5 KW -2 HP Profesional Principal Por ajustarse técnicamente a lo solicitado 2,00 UNIDAD $ 196.560,00 $ 393.120,00  
No aceptar   GIL WALTER PABLO Desmalezadora 143 Rii Profesional (gardentec) G- tb43ri FICHA TÉCNICA:Motor:(Mismo motor que Husqvarna 143 R2) Cilindrada: 41.5cc Tiempos del motor: 2 Potencia del motor: 1.5kW Tanque de Nafta: Capacidad del tanque de combustible: 0.95L Sistema de arranque: Sistemas de corte: Disco de 2 puntas, Tanza Sistema de arranque: Manual Eje: Tipo de eje de la máquina: Recto Eje de transmisión: Cardánico Principal Por no ajustarse técnicamente a lo solicitado 2,00 UNIDAD $ 107.279,00 $ 214.558,00  

Renglón 2 (PROTECTOR FACIAL)

Protector Facial 20x40

Estado oferta Orden mérito Proveedor Descripción Tipo oferta Motivo Cantidad Unidad medida Monto unitario Monto total Observaciones
Aceptar 1 JASAK S.R.L. Protector Facial marca DAEWOO DWMA 100 Arnés Regulable Principal Por menor Precio y Calidad de Producto 2,00 UNIDAD $ 3.527,68 $ 7.055,36  

Renglón 3 (DELANTAL)

Delantal Protector para corte de césped reforzado

Estado oferta Orden mérito Proveedor Descripción Tipo oferta Motivo Cantidad Unidad medida Monto unitario Monto total Observaciones
Aceptar 1 JASAK S.R.L. Delantal PVC BiL-Vex Blanco Verde Reforzado Principal Por menor Precio y Calidad de Producto 2,00 UNIDAD $ 2.343,54 $ 4.687,08  

OBSERVACIONES: Sin observaciones

ADJUDICACIÓN
AAD:25/2023
220/2023
Nro. renglón Estado Adjudicatario CUIT Tipo oferta Cantidad adjudicada Precio unitario Importe adjudicado
1 Adjudicado JASAK S.R.L. 30-70887365-5 Principal 2,00 $ 196.560,00 $ 393.120,00
2 Adjudicado JASAK S.R.L. 30-70887365-5 Principal 2,00 $ 3.527,68 $ 7.055,36
3 Adjudicado JASAK S.R.L. 30-70887365-5 Principal 2,00 $ 2.343,54 $ 4.687,08
Ordenes de compra

30/2023
11 Facultad de Agronomia y Zootecnia (Av. Nestor kirchner 1900, (4000) SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Tucumán)
11 - Dpto de Bienes Patrimoniales
$ 404.862,44
Nro. renglón Descripción Unidad medida Precio unitario Cantidad Subtotal
1 DESMALEZADORA HUSQVARNA Modelo 143 RII-42CC 1.5 KW -2 HP Profesional UNIDAD $ 196.560,00 2 $ 393.120,00
2 Protector Facial marca DAEWOO DWMA 100 Arnés Regulable UNIDAD $ 3.527,68 2 $ 7.055,36
3 Delantal PVC BiL-Vex Blanco Verde Reforzado UNIDAD $ 2.343,54 2 $ 4.687,08
Nro. orden de compra Fecha de emisión Fecha de vencimiento Importe total
30/2023 20/04/2023   $ 404.862,44

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